Reconocimiento de títulos europeos para ejercer profesión regulada (nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea)

Reconocimiento de títulos profesionales expedidos por los Estados Miembros de la Unión Europea para ejercer en España una profesión sanitaria regulada, en aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 581/2017, de 9 de junio y el Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre y demás normativa vigente.

Compete al Ministerio de Sanidad, tramitar y resolver las solicitudes de reconocimiento para el ejercicio profesional en España de las profesiones sanitarias reguladas. (Profesiones sanitarias reguladas Archivo pdf.  Se abrirá en una ventana nueva. )

Medidas en relación al Brexit para profesionales sanitarios 

Requisitos para ejercer una profesión sanitaria en España:

  1. Disponer del correspondiente título oficial español o reconocimiento u homologación de un título extranjero.
  2. Estar colegiado
  3. No estar suspendido o inhabilitado para el ejercicio de la profesión.
  4. Disponer de cobertura de responsabilidad civil profesional.

El ejercicio profesional debe realizarse siempre en un centro sanitario autorizado por la Comunidad Autónoma en la que se ubique. +info Se abrirá en una ventana nueva.

Convocatorias de pruebas de aptitud ¡¡¡NUEVO!!!

Para cualquier duda o consulta contacte con: reconocimientoue@sanidad.gob.es